Un miembro del Foro Ambiental y Social de la Patagonia presentó una queja ante la Defensoría del Pueblo. Solicitó la intervención de la defensora del Pueblo Adjunta, María Cristina Sotomayor de acuerdo a lo expresado en una nota periodística en la que se informó que se detectaron valores de aluminio en agua potable, que duplican el límite máximo permitido por la normativa vigente. En la nota que se presento ayee ante la Defensoría pidió su «intervención por estarse violando derechos humanos al agua, la vida, la salud y el ambiente, entre otros».
Asimismo, piden que la denuncia sea incorporada en el Expediente Nº 0441/14, que obra en esa Defensoría, originado por una denuncia que presentó el Foro, en el año 2014, por la problemática del agua en Comodoro.
En la presentación también se hace mención a una entrevista realizada en FM 106.9 mghz de Sarmiento, por Juan Manuel Castro al Ing. Rodolfo Calo, Jefe del Acueducto de la Sociedad Cooperativa Popular Limitada, donde reconoció la presencia de aluminio en cantidades excesivas en el agua potable, las cuales se deberían al tipo de floculantes que se utilizan en el proceso de potabilización del agua.
Investigación
En esa entrevista Calo sostuvo que
“…el último mes digamos estamos registrando niveles altos de aluminio por arriba del Código Alimentario Nacional. Admite hasta un 0,2%, 0,2 parte por millón y estamos con 04, si? Ya estamos trabajando en el tema, estamos eliminando el policloruro de aluminio, estamos agregando (…) poli (…) orgánicos que no tienen aluminio y ese tema ya prácticamente esta corregido, si?”. Sostuvo además que el exceso de aluminio se dio durante «tres, cuatro meses».
El Ing. Calo, también manifiesta en la conversación que, en Comodoro la Municipalidad controla habitualmente estos valores en el agua. Y que esta información es pública y puede ser remitida ante el requerimiento de las autoridades.
Dado que el límite máximo permitido para aluminio en agua de consumo humano es de 200 microgramos por litro, según el Dec. 831/93, reglamentario de la Ley de Residuos Peligrosos, podría estarse configurando un delito de los que la ley tipifica 24.051 en los art. 55 y 56, ya que se habría duplicado ese límite.