La abogada defensora de Ariel Mariotto Garzi, Ricardo Dario Antigual y Nicolás Daniel Hernández Huala, miembros del Lof Cushamen detenidos durante un violento procedimiento policial, pidió el pase de la causa del Juzgado Federal de Esquel al de Comodoro.
Cabe recordar que la causa contra los miembros del Lof Cushamen es «Entorpecimiento de servicios públicos (Art. 194)».
Mediante la presentación la abogada Verónica Heredia solicitó al Juez Federal de Esquel, Guido Otranto, eleve las actuaciones a la Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia. Asimismo pide se convoque a la audiencia oral y pública a fin de desarrollar y ampliar los motivos de agravios contra la Resolución de fecha 14/01/2017.
Plantea al juez revoque la resolución impugnada y dicte el sobreseimiento de los 3 imputados, acusados de impedir el normal funcionamiento del transporte por tierra, en grado de tentativa, en concurso real con el delito de resistencia a la autoridad, lesiones leves y daño agravado en concurso ideal.
Violación de derechos
La defensa plantea arbitrariedad en el sorpresivo desconocimiento a las 100 Reglas de Brasilia sobre el acceso a la justicia dr las personas en condición de vulnerabilidad. «El desplazamiento de las fuerzas de seguridad para cumplir tal orden, la asistencia legal, la privación de la libertad, el trato impartido, desconocieron las pautas establecidas en las normas específicas», argumenta. Asimismo plantea la violación al principio de inocencia y la prohibición a la detención ilegal. Trato cruel, inhumando y degradante. Violación a la integridad psico-física.»Nicolas, Ariel y Ricardo fueron detenidos de manera ilegal, violenta, desproporcionada, sorpresiva, abusiva; en los que sufrieron lesiones y tratos crueles, ihnumanos, degradantes; sometidos durante horas solo al arbitrio de las fuerzas de seguridad; sin recibir asistencia médica adecuada; ni poder tomar siquiera agua durante casi 15 horas».
Además se plantea la violación al derecho a conocer la imputación de manera clara, sencilla y pormenorizada.
Tratos crueles y degradantes
Se violó también el derecho de conceder tiempo y medios adecuados para la defensa, argumentó la defensa. «Nicolás, Ariel y Ricardo concurrieron ante la autoridad judicial sin haber contado ni con el tiempo ni los medios para ejercer su legítimo derecho de defensa; inmediatamente despues de haber sufrido lesiones y tratos crueles, inhumanos, degradantes; sin asistencia médica adecuada; impidiéndoseles de tal manera ejercer su derecho de defensa».
Arbitrariedad y condiciones desventajosas
La apelación se refiere además a la violación al derecho de interrogar a los testigos en igualdad de condiciones, dado que los testimonios en contra de Nicolas, Ariel y Ricardo fueron tomados mientras ellos se encontraban privados de su libertad, sin previa notificación, impidiéndoseles ejercer su derecho a la paridad de armas.
También se refiere a la arbitrariedad al desechar prueba relavante para la resolución de la causa sin dar razones plausibles para ello. «Por ejemplo, en el auto de procesamiento se hace referencia a los certificados médicos expedidos al personal de Gendarmería pero omite hacer referencia y valorar los certificados médicos en los que constan las lesiones de Nicolás, Ricardo y Ariel», indica.